Auto Supremo AS/0142/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0142/2015-RRC-L

Fecha: 31-Mar-2015

En primer lugar, es preciso referir que la apelante Zulema Rufina Zuñiga Quiroga, en su


En primer lugar, es preciso referir que la apelante Zulema Rufina Zuñiga Quiroga, en su recurso de apelación, alegó que en tiempo oportuno solicitó exclusiones probatorias de las pruebas consistentes en, i) Querella criminal (prueba 1), y ii) Fotocopias de declaraciones “de sus testigos de descargo en el proceso de despojo” (sic.), habiendo fundamentado a tiempo de solicitar la exclusión probatoria de las fotocopias de las declaraciones testificales, que en aplicación del art. 172 del CPP y 280 del mismo cuerpo legal, las actuaciones del Fiscal y documentos obtenidos en el cuaderno de investigación no tendrán valor por sí mismas para fundar la condena del acusado, pues las declaraciones informativas deben ser prestadas en juicio oral y contradictorio, conforme a lo dispuesto por el art. 16 inc. 2) y 4) de la Constitución Política del Estado (CPE) y “los arts. 6 y 7 en sus núm. 1) que se refiere a la seguridad jurídica, que mediante auto el Juez rechazó la exclusión probatoria…” (sic), por lo que la recurrente alega que habiendo realizado la reserva de apelación dichas pruebas deben ser excluidas en base a los fundamentos expuestos a tiempo de plantear la exclusión probatoria