Por memorial presentado el 05 de junio de 2009, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 142/2015-RRC-L
Sucre, 31 de marzo de 2015
Expediente: La Paz 236/2009
Parte acusadora: Juan Álvarez Zelada y otra
Parte imputada: Zulema Rufina Zuñiga Quiroga y otros
Delitos: Falsedad Ideológica y otros
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 05 de junio de 2009, cursante de fs. 370 a 372, Zulema Rufina Zúñiga Quiroga, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 122/2009 de 2 de mayo, de fs. 362 a 364 y vta. de obrados, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Juan Álvarez Zelada y Dionicia Carballo de Álvarez contra la recurrente y Máximo Zúñiga Candia, Edgar Zúñiga Quiroga, Mary Luz Zuñiga Quiroga y Erika Amalia Quiroga Mirich, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Ideológica, Uso de Instrumento Falsificado y Estelionato, tipificados por los arts. 199, 203 y 337 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 142/2015-RRC-L
Sucre, 31 de marzo de 2015
Expediente: La Paz 236/2009
Parte acusadora: Juan Álvarez Zelada y otra
Parte imputada: Zulema Rufina Zuñiga Quiroga y otros
Delitos: Falsedad Ideológica y otros
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 05 de junio de 2009, cursante de fs. 370 a 372, Zulema Rufina Zúñiga Quiroga, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 122/2009 de 2 de mayo, de fs. 362 a 364 y vta. de obrados, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Juan Álvarez Zelada y Dionicia Carballo de Álvarez contra la recurrente y Máximo Zúñiga Candia, Edgar Zúñiga Quiroga, Mary Luz Zuñiga Quiroga y Erika Amalia Quiroga Mirich, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Ideológica, Uso de Instrumento Falsificado y Estelionato, tipificados por los arts. 199, 203 y 337 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 05 de junio de 2009, cursante de fs
- 1) Por Sentencia 14/2007 de 30 de mayo (fs
- 2) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Máximo Zúñiga Candia, Zulema Rufina Zúñiga Quiroga, Mary
- I.1.1. Motivo del recurso
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 035/2015-RA-L de
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicitó dejar sin efecto el Auto de Vista recurrido
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 035/2015-RA-L, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Desarrollado el juicio oral, el Juzgado Tercero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz,
- II.2. Del recurso de apelación restringida de los acusados
- Los imputados Máximo Zúñiga Candia, Zulema Rufina Zúñiga Quiroga, Mary Luz Zúñiga Quiroga y Edgar
- II.2. Del Auto de Vista impugnado
- En el segundo considerando de la resolución hoy impugnada, el Tribunal de alzada resolvió los
- El recurso de casación interpuesto por Zulema Rufina Zúñiga Quiroga, fue admitido vía excepcional por
- III.1. Derecho de impugnación y límites para el recurrente y el Tribunal de alzada
- El Estado Boliviano Plurinacional, garantiza el derecho de impugnación en el art
- La norma adjetiva penal señalada precedentemente, se halla vinculada al principio de limitación, por el
- Al igual que el límite señalado por la ley para los recurrentes, en cuanto a
- El desbordamiento en los que el Tribunal de alzada pudiera incurrir, causa la ruptura de
- III.2. Análisis del caso concreto
- En el caso de autos la recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en
- En primer lugar, es preciso referir que la apelante Zulema Rufina Zuñiga Quiroga, en su
- Resolviendo los mismos en el segundo considerando de la resolución hoy impugnada: Sin embargo, no
- En cuanto a la supuesta incongruencia omisiva en la que habría incurrido el Ad quem
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
