Auto Supremo AS/0172/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0172/2015-RRC

Fecha: 12-Mar-2015

La imputada interpuso recurso de apelación restringida; y constituyó los argumentos relativos a la valoración


La imputada interpuso recurso de apelación restringida; y constituyó los argumentos relativos a la valoración defectuosa de la prueba, los siguientes: i) El Juez realizó una valoración de la prueba en forma defectuosa, incompleta y parcializada, por cuanto respecto a los testigos de cargo Beatriz Morcira y Pamela Tejerina, en sus declaraciones sólo señalaron aspectos relativos a la administración de la empresa; empero, ninguna de ellas manifestó que existía flujo numeroso de turistas o que había abundantes ganancias, siendo sus declaraciones subjetivas y poco precisas; ii) De igual manera se hizo una valoración defectuosa de la declaración de los testigos de descargo Pablo Beltrán, Elena Quispe, José Luis Ríos y Alfredo Ríos, quienes manifestaron que hacía enormes esfuerzos para captar turistas, en tal sentido, si hubiera existido grandes utilidades como se señala, su persona no tendría la necesidad de esforzarse para captar turistas; aspecto que no fue valorado adecuadamente, condenándola por delitos que nunca cometió; y, iii) Respecto a la prueba documental de descargo, de la misma se incurrió en defectuosa y parcializada valoración, habida cuenta que, el informe económico de ingresos y egresos de las gestiones 2005 a 2009 ni siquiera se mencionó, menos se lo valoró, siendo el mismo importante para la defensa, pues demostró que presentó regularmente los informes de los ingresos y egresos, omisión que sirvió de fundamento para dictar sentencia condenatoria