Del contenido del recurso de casación, se evidencia que el recurrente, denuncia que el Auto
Del contenido del recurso de casación, se evidencia que el recurrente, denuncia que el Auto de Vista impugnado, no se hubiese pronunciado conforme la exigencia prevista por el art. 124 del CPP, con relación al defecto de sentencia previsto por el art. 370 inc. 5) del CPP, que alegó en apelación restringida. Que así descrita la denuncia que carece de parámetros orientados a determinar la manera o forma en que el defecto hubiese concurrido; es decir, si la falta de fundamentación es fáctica, probatoria, descriptiva o jurídica, o en su caso está dirigida a la carencia de fundamentación analítica o intelectiva y no obstante lo genérico del reclamo, se advierte que el Tribunal de alzada, declaró sin lugar el recurso de apelación restringida interpuesto por el imputado, basado en el fundamento expreso realizado con relación a los agravios expuestos en el recurso de apelación restringida formulado por el imputado; así en lo referente a la denunciada insuficiente fundamentación de Sentencia, expuso que el Tribunal de Sentencia valoró cada uno de los elementos probatorios incorporados al juicio, determinó de manera clara y concreta las razones por las que otorgó valor positivo a la prueba y compulsó con otros medios probatorios, siendo la facultad de valoración de la prueba y de los hechos, de exclusiva competencia de los Jueces y Tribunales de Sentencia en virtud al principio de inmediación, abocándose la labor del Tribunal de alzada, al control del fundamento sobre la valoración de la prueba y los hechos, con coherencia, orden y razonamientos lógicos que manifiesten certidumbre, que a su criterio, se efectuó una valoración integral de la prueba incorporada al juicio, se cotejó unos elementos probatorios con otros para determinar la participación del imputado en los hechos endilgados
- Por memorial presentado el 21 de noviembre de 2014, cursante de fs
- a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 11/2014 de 13 de
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial de recurso de casación de fs
- El recurrente, luego de realizar una explicación amplia sobre los requisitos de admisión del recurso
- Con base a los argumentos que expone, el recurrente solicita la admisión del recurso de
- Mediante Auto de Supremo 739/2014-RA de 15 de diciembre, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- El Tribunal de Sentencia Único de Villa Montes del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija,
- II.2. De la apelación restringida
- El imputado Javier Baro Corimayo, interpuso recurso de apelación restringida (fs
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- El Tribunal de alzada, en el Auto de Vista 137/2014 de 31 de octubre, fundamentó
- Con relación a la denuncia de vulneración al principio del in dubio pro reo, refirió
- Este Tribunal admitió el presente recurso, ante la denuncia del recurrente de que el Tribunal
- III.1. Doctrina Legal aplicable asumida en los precedentes invocados
- III.2. Análisis del caso concreto
- Del contenido del recurso de casación, se evidencia que el recurrente, denuncia que el Auto
- En ese sentido, por mandato del art
- Con relación a la denuncia de vulneración del principio de presunción de inocencia establecido en
- Es menester considerar, que el principio de inocencia concebido como un postulado básico de todo
- Por otra parte corresponde señalar que las consecuencias jurídicas del principio de inocencia, son: el
- Por consiguiente, los fundamentos descritos, permiten concluir que los argumentos expresados en el Auto de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
