Por consiguiente, los fundamentos descritos, permiten concluir que los argumentos expresados en el Auto de
Siendo que el fundamento del Tribunal de Sentencia para disponer la responsabilidad del imputado en la comisión del delito de cuya existencia y comisión, le fue atribuida en virtud al razonamiento arribado en base a la debida valoración realizada de los elementos probatorios judicializados, que posicionó haberse generado certeza en el Tribunal motivando la imposición de condena, no existe resquicio de la posibilidad de la existencia de duda razonable sobre los hechos con relevancia delictiva y la convicción de la participación del imputado, como sobre la aplicación de la norma que le pueda ser más favorable; por lo que, la denuncia en este punto formulado por el recurrente carece de sustento, pues no se detecta ninguna incursión en los supuestos de vulneración al principio de inocencia o su componente del in dubio pro reo y de la posibilidad de que en base a tales principios, hubiese emergido una sentencia absolutoria, como únicamente el recurrente aduce.
Por consiguiente, los fundamentos descritos, permiten concluir que los argumentos expresados en el Auto de Vista impugnado, no consienten divisar un sentido jurídico contrario al Auto Supremo 086 de 18 de marzo de 2008, invocado como precedente por la parte imputada en su recurso de casación, el cual deviene en infundado
- Por memorial presentado el 21 de noviembre de 2014, cursante de fs
- a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 11/2014 de 13 de
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial de recurso de casación de fs
- El recurrente, luego de realizar una explicación amplia sobre los requisitos de admisión del recurso
- Con base a los argumentos que expone, el recurrente solicita la admisión del recurso de
- Mediante Auto de Supremo 739/2014-RA de 15 de diciembre, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- El Tribunal de Sentencia Único de Villa Montes del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija,
- II.2. De la apelación restringida
- El imputado Javier Baro Corimayo, interpuso recurso de apelación restringida (fs
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- El Tribunal de alzada, en el Auto de Vista 137/2014 de 31 de octubre, fundamentó
- Con relación a la denuncia de vulneración al principio del in dubio pro reo, refirió
- Este Tribunal admitió el presente recurso, ante la denuncia del recurrente de que el Tribunal
- III.1. Doctrina Legal aplicable asumida en los precedentes invocados
- III.2. Análisis del caso concreto
- Del contenido del recurso de casación, se evidencia que el recurrente, denuncia que el Auto
- En ese sentido, por mandato del art
- Con relación a la denuncia de vulneración del principio de presunción de inocencia establecido en
- Es menester considerar, que el principio de inocencia concebido como un postulado básico de todo
- Por otra parte corresponde señalar que las consecuencias jurídicas del principio de inocencia, son: el
- Por consiguiente, los fundamentos descritos, permiten concluir que los argumentos expresados en el Auto de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
