Mediante Auto de Supremo 739/2014-RA de 15 de diciembre, cursante de fs
I.2. Admisión del recurso
Mediante Auto de Supremo 739/2014-RA de 15 de diciembre, cursante de fs. 191 a 192 vta., este Tribunal admite el recurso formulado por Javier Baro Corimayo, para su análisis de fondo
- Por memorial presentado el 21 de noviembre de 2014, cursante de fs
- a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 11/2014 de 13 de
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial de recurso de casación de fs
- El recurrente, luego de realizar una explicación amplia sobre los requisitos de admisión del recurso
- Con base a los argumentos que expone, el recurrente solicita la admisión del recurso de
- Mediante Auto de Supremo 739/2014-RA de 15 de diciembre, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- El Tribunal de Sentencia Único de Villa Montes del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija,
- II.2. De la apelación restringida
- El imputado Javier Baro Corimayo, interpuso recurso de apelación restringida (fs
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- El Tribunal de alzada, en el Auto de Vista 137/2014 de 31 de octubre, fundamentó
- Con relación a la denuncia de vulneración al principio del in dubio pro reo, refirió
- Este Tribunal admitió el presente recurso, ante la denuncia del recurrente de que el Tribunal
- III.1. Doctrina Legal aplicable asumida en los precedentes invocados
- III.2. Análisis del caso concreto
- Del contenido del recurso de casación, se evidencia que el recurrente, denuncia que el Auto
- En ese sentido, por mandato del art
- Con relación a la denuncia de vulneración del principio de presunción de inocencia establecido en
- Es menester considerar, que el principio de inocencia concebido como un postulado básico de todo
- Por otra parte corresponde señalar que las consecuencias jurídicas del principio de inocencia, son: el
- Por consiguiente, los fundamentos descritos, permiten concluir que los argumentos expresados en el Auto de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
