Auto Supremo AS/0195/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0195/2015-RRC

Fecha: 19-Mar-2015

El imputado Javier Baro Corimayo, interpuso recurso de apelación restringida (fs


El imputado Javier Baro Corimayo, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 1101 a 1110), alegó defecto absoluto por falta de fundamentación probatoria y violación de los arts. 173 y 359 con relación al 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP), dado que los elementos de prueba producidos en el juicio solamente fueron descritos, no se asignó el valor correspondiente a cada uno de ellos, y esto no permitió conocer del porque se estableció condena, omisiones en las que incurrió la Sentencia violando el art. 169 inc. 3) del CPP. Denunció asimismo, defecto de sentencia previsto en el art. 370 inc. 5) del CPP, porque no se halló debidamente fundamentada tanto fáctica y jurídicamente, porque en la parte destinada a la “valoración de la prueba”, se mencionó que fue víctima de violación cuando trabajaba de empleada doméstica en la casa de su madre en la gestión 2012, aproximadamente durante tres meses, antes de abril hasta mayo, pero la víctima se contradijo con su aseveración ante el psicólogo que determinó que en el tiempo de trabajo ni siquiera cumplió el mes; asimismo, existió contradicción en las supuestas amenazas y la presencia de equimosis de acuerdo al certificado médico en áreas paragenitales, tampoco se acreditó el acceso carnal de su persona con la víctima, por lo que existió duda razonable sobre la existencia del hecho y la participación de su persona, no se aplicó el in dubio pro reo por las contradicciones e incongruencias que contradijeron al principio de presunción de inocencia, se presumió la culpabilidad y se vulneró el debido proceso; por lo que, pidió la anulación de la Sentencia y un nuevo juicio de reenvío por otro tribunal