Auto Supremo AS/0218/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0218/2015-RA

Fecha: 31-Mar-2015

2


2. Por otro lado, el recurrente denuncia que el Auto de Vista recurrido, no se refirió sobre su reclamo de errónea aplicación de la ley sustantiva, que se limitó a señalar que el Juez a quo, cumplió con la norma, sin precisar cómo o de qué manera; afirma, que al declarar improcedente su recurso, no valoró el hecho de que la acusada admitió en pleno juicio haberse referido a la inconducta de Marlene Judith Ríos Copa como adultera e infiel; así también, la prueba literal codificada como AP-1), consistente en la demanda ordinaria de ruptura unilateral interpuesta por la acusada contra su conviviente, que fue corroborada por sus testigos, quienes en dicho proceso habrían alegado la presunta relación adulterina e infiel, hechos conocidos por versión de la acusada; y, la Sentencia que declaró probada la demanda ordinaria de ruptura unilateral teniendo como uno de sus fundamentos: “Ha probado que el demandado Frans Alí Ramos, le ha hecho víctima de malos tratos de palabra y de obra, a su concubina María Magdalena Cayo Quispe, así como ha incurrido en actos de infidelidad es decir adulterio con Marlene Judith Ríos Copa” (sic); aspectos, que a su criterio demuestran la participación dolosa y criminal de la imputada en los delitos acusados, disponiendo el Juez de juicio equivocadamente su absolución, al efecto invoca los Autos Supremos 417/2003 de 19 de agosto de 2003 y “A.S. de fecha 20-III-2007”