En el caso de autos, de la revisión de actuados, se evidencia por diligencia sentada
En el caso de autos, de la revisión de actuados, se evidencia por diligencia sentada a fojas 174 vuelta, que el recurrente fue notificado con el Auto de Vista N° 567 de 23 de diciembre de 2009 recurrido, el día 30 de marzo de 2010 a horas dieciséis quince (Hrs. 16:15), -sin que conste en el expediente interrupción de término alguno-; y de fojas 185 a 187, cursa el memorial del recurso de nulidad o casación en la forma de la parte demandada, presentado en plataforma de la Corte Superior de Santa Cruz a horas dieciséis: diecinueve: veintiocho minutos (Hrs. 16:19:28) del día 7 de abril de 2010, conforme consta del timbre magnético de fs. 185
- Auto Supremo Nº 35/2015-L
- Expediente: SCZ.335/2010
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez Cuarto de Partido del Trabajo y
- En mérito a la solicitud de complementación y enmienda formulada por la parte demandante de
- En grado de apelación formulado por la institución demandada de fs
- El referido fallo, motivó a la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno a través de su
- Concluye solicitando al Tribunal Supremo, anule obrados hasta el vicio más antiguo que cursa a
- CONSIDERANDO II: Antes de analizar los fundamentos del recurso, es deber del Tribunal de Casación,
- En ese entendido, en cumplimiento del parágrafo I del art
- En caso de ser interpuesto el recurso de casación fuera del plazo establecido, corresponde al
- En el caso de autos, de la revisión de actuados, se evidencia por diligencia sentada
- Por consiguiente, el recurso de casación fue interpuesto extemporáneamente, cuando el plazo fatal de ocho
- Sustenta lo afirmado la uniforme jurisprudencia establecida en los Autos Supremos Nº 157/10 de 24
- En el marco legal señalado, corresponde a este Tribunal Supremo, resolver el recurso de nulidad
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
