A su vez, el demandante Robert Tito Ortuño Portal, respondió en base a los argumentos
En mérito a lo expuesto, solicita a la Corte Suprema de Justicia, case el auto de vista impugnado, determinando que el pago consignado en el documento de fs. 33, se considere como pago definitivo y no a cuenta de la liquidación final, y declare además, no haber lugar al pago de la indemnización por tiempo de servicios por el periodo del 1 de enero al 28 de junio de 2007, por haber sido cancelado, conforme evidencia el finiquito de fs. 39.
A su vez, el demandante Robert Tito Ortuño Portal, respondió en base a los argumentos expuestos por memorial de fs. 158 a 161, solicitando que se declare infundado el recurso de casación, con costas y otras condenaciones de ley
A su vez, el demandante Robert Tito Ortuño Portal, respondió en base a los argumentos expuestos por memorial de fs. 158 a 161, solicitando que se declare infundado el recurso de casación, con costas y otras condenaciones de ley
- Auto Supremo Nº 54/2015-L
- Expediente: CBBA.371/2010
- Distrito: Cochabamba
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- Contra la sentencia, la empresa demandada, formuló recurso de apelación de fs
- El auto de vista referido, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- 3
- 4
- A su vez, el demandante Robert Tito Ortuño Portal, respondió en base a los argumentos
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, analizado el contenido del mismo se establece lo
- Po otro lado, resulta contradictoria la posición del recurrente, pues por un lado denuncia indebida
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- Finalmente, el finiquito de fs
- Por lo que ésta Sala concluye que, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Se regula el honorario del abogado en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
