Auto Supremo AS/0056/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0056/2015-L

Fecha: 06-Abr-2015

En cuanto a los sueldos devengados, esos no fueron concedidos en primera instancia por no

En cuanto a los sueldos devengados, esos no fueron concedidos en primera instancia por no haber sido demandados, conforme se fundamentó en el auto de vista recurrido, pues la ausencia de este concepto, no es un argumento valedero para pretender determinar que no hubo relación de dependencia y subordinación, como erradamente pretende la parte demandada