Auto Supremo AS/0059/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0059/2015-L

Fecha: 06-Abr-2015

Que, en el caso presente, no puede ignorarse la aplicación del principio de primacía de

Que, en el caso presente, no puede ignorarse la aplicación del principio de primacía de la realidad que privilegia los hechos frente a las formalidades y apariencias impuestas por el empleador. En el caso de análisis el tribunal ad quem a determinado la existencia de la relación laboral al haberse cumplido con lo previsto en el art. 1de la LGT y art. 1 del DS Nº 23570 de 26 de julio de 1993, por lo que no se evidencia la vulneración acusada