Al respecto, es preciso señalar que el art
Al respecto, es preciso señalar que el art. 120 de la Ley General del Trabajo, prevé: “Las acciones y derechos provenientes de esta Ley, se extinguirán en el término de dos años de haber nacido de ellas”. A su vez, el art. 163 de su Decreto Reglamentario, establece: “Las acciones y derechos emergentes de la ley que se reglamenta se extinguirán en el término de dos años, a partir de la fecha en que nacieron…”
- Auto Supremo Nº 63/2015-L
- Expediente: CBBA.383/2010
- Distrito: Cochabamba
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral de pago de beneficios sociales, la Juez de
- En grado de apelación deducida por Francisco García Ángelo abogado apoderado del Servicio Nacional de
- Dicho fallo motivó el recurso de nulidad o casación de fs
- Asimismo, indicó que de la revisión exhaustiva no existe prueba alguna que la supuesta empleadora,
- CONSIDERANDO II: Que, así expuesto el recurso, corresponde su análisis y consideración, en base a
- Al respecto, es preciso señalar que el art
- Ahora bien, cabe indicar que la prescripción prevista por la normativa, citada, resulta aplicable a
- Al respecto, revisados los antecedentes procesales, se evidencia que el reclamo solicitando que se declare
- Sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178 (SAFCO)
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
