En grado de apelación deducida por Francisco García Ángelo abogado apoderado del Servicio Nacional de
En grado de apelación deducida por Francisco García Ángelo abogado apoderado del Servicio Nacional de Caminos Residual Cochabamba, de fs. 96 a 97, por Auto de Vista Nº 072/2010 de 31 de marzo 2010 de fs. 117 a 118, la Sala Social Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba, confirmó la Sentencia de fecha 4 de febrero de 2009 cursante a fs. 88 a 90, sin costas
- Auto Supremo Nº 63/2015-L
- Expediente: CBBA.383/2010
- Distrito: Cochabamba
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral de pago de beneficios sociales, la Juez de
- En grado de apelación deducida por Francisco García Ángelo abogado apoderado del Servicio Nacional de
- Dicho fallo motivó el recurso de nulidad o casación de fs
- Asimismo, indicó que de la revisión exhaustiva no existe prueba alguna que la supuesta empleadora,
- CONSIDERANDO II: Que, así expuesto el recurso, corresponde su análisis y consideración, en base a
- Al respecto, es preciso señalar que el art
- Ahora bien, cabe indicar que la prescripción prevista por la normativa, citada, resulta aplicable a
- Al respecto, revisados los antecedentes procesales, se evidencia que el reclamo solicitando que se declare
- Sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178 (SAFCO)
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
