Auto Supremo AS/0111/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0111/2015

Fecha: 06-Abr-2015

Bajo ese marco legal y revisados los antecedentes del proceso, se evidencia que la actora,

Bajo ese marco legal y revisados los antecedentes del proceso, se evidencia que la actora, a tiempo de presentar su solicitud de otorgación de renta de viudez, adjuntó Testimonio de fs. 25 a 30, que evidencia el proceso de separación por mutuo acuerdo entre Pascual Zamora y Marcela Colque, figura jurídica prevista en los arts. 152 y 399 del Código de Familia, que fue declarado por terminado ante la repetida inasistencia de la demandada; documentación que según la entidad recurrente no es está contemplada por ley como documento válido para establecer la ruptura del vínculo matrimonial y consiguientemente, otorgar la renta de viudedad solicitada; al respecto, si bien dicha documental, no tiene el valor que se le otorga a una sentencia ejecutoriada de divorcio, resulta ser prueba de la separación de los esposos, lo que dio lugar más adelante a que el ahora fallecido, contrajera nuevas nupcias con la solicitante de renta de viudedad, prueba de ello es el certificado de matrimonio de fs. 20, ratificado a fs. 38, que indica como estado civil anterior del esposo, divorciado, siendo este un documento expedido por el organismo competente y se entiende que todos los datos contenidos en él, fueron introducidos por autoridad oficial para hacerlo, sin tener el interesado, facultad de intervención alguna; extremo ratificado por el certificado emitido por el Servicio de Registro Cívico de La Paz, ratificado a fs. 96 y 109, que lejos de probar que el de cujus no tenía libertad de estado, prueban al contrario que este estaba divorciado