CONSIDERANDO I: Que dentro de la solicitud de renta de viudedad interpuesta por Lucia Espinoza,
Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 126 a 129, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), legalmente representado por Juan Edwin Mercado Claros, contra el Auto de Vista Nº 161/2014 S.S.A. II de 26 de septiembre, cursante de fs. 123 a 124, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de solicitud de renta de viudedad instaurado por Lucia Espinoza contra el SENASIR, la respuesta de fs. 133 a 135, el auto que concedió el recurso de fs. 136, los antecedentes del proceso y;
CONSIDERANDO I: Que dentro de la solicitud de renta de viudedad interpuesta por Lucia Espinoza, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución Nº 00009611de 19 de septiembre de 2012 de fs. 69 a 71, resolvió desestimar la renta única de viudedad solicitada por la interesada, en virtud a los fundamentos legales expuestos en la parte resolutiva
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 126 a 129, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), legalmente representado por Juan Edwin Mercado Claros, contra el Auto de Vista Nº 161/2014 S.S.A. II de 26 de septiembre, cursante de fs. 123 a 124, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de solicitud de renta de viudedad instaurado por Lucia Espinoza contra el SENASIR, la respuesta de fs. 133 a 135, el auto que concedió el recurso de fs. 136, los antecedentes del proceso y;
CONSIDERANDO I: Que dentro de la solicitud de renta de viudedad interpuesta por Lucia Espinoza, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución Nº 00009611de 19 de septiembre de 2012 de fs. 69 a 71, resolvió desestimar la renta única de viudedad solicitada por la interesada, en virtud a los fundamentos legales expuestos en la parte resolutiva
- Auto Supremo Nº 111/2015
- Expediente: SSA.II-LP.496/2014
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I: Que dentro de la solicitud de renta de viudedad interpuesta por Lucia Espinoza,
- A su vez, la solicitante interpuso recurso de reclamación de fs
- El Auto de Vista referido, motivó el recurso de casación en el fondo y en
- Finalmente respecto al certificado de matrimonio de fs
- Señala como normas legales transgredidas y mal aplicadas, los arts
- A su vez, la demandante Julia Choque Gonzales de Aguilar, responde en base a los
- CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso, se establece lo siguiente
- A falta de la esposa y en caso de no existir conviviente inscrita en los
- Asimismo, el art
- Bajo ese marco legal y revisados los antecedentes del proceso, se evidencia que la actora,
- En base a estos antecedentes y en virtud a los aludidos documentos, queda comprobado que
- De lo anotado, es indudable que en el caso en particular resulta aplicable lo previsto
- En tal sentido, los arts
- El análisis pormenorizado de los antecedentes descritos, nos lleva al razonamiento y a la certeza
- Bajo esas premisas, se concluye que el tribunal ad quem, fundamentó y basó su fallo
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
