Auto Supremo AS/0192/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0192/2015-RA-L

Fecha: 10-Abr-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación fiscal y particular, una vez concluida la audiencia de juicio oral, el Tribunal Primero de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, pronunció la Sentencia 04/2010 de 21 de enero (fs. 75 a 89), por la que declaró a los imputados Julio Soto Veliz y Agustina Araca Martínez, autores y responsables de la comisión de los delitos de Lesiones Leves y Robo Agravado, previstos y sancionados por los arts. 271 segunda parte y 332 inc. 2) con relación al 331 del CP, condenándoles a la pena privativa de libertad de tres años de reclusión en el Centro de Readaptación Productiva Santo Domingo de Cantumarca de Potosí, con costas a favor del Estado y de la víctima y resarcimiento del daño civil, averiguables en ejecución de Sentencia