Auto Supremo AS/0226/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0226/2015

Fecha: 15-Abr-2015

La aplicación normativa está sustentada en la propia norma constitucional, que su art

La aplicación normativa está sustentada en la propia norma constitucional, que su art. 45.I establece: "Todas las bolivianas y los bolivianos tienen derecho a acceder a la seguridad social"; II. "La seguridad social se presta bajo los principios de universalidad, integralidad, equidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad, interculturalidad y eficacia”, IV. "El Estado garantiza el derecho a la jubilación con carácter universal, solidario y equitativo”, cuyo contenido busca la máxima eficacia de los derechos que hacen a la seguridad social. Siendo necesario aclarar que el sistema de reparto está referido al sistema anterior que obviamente contiene a los seguros a largo plazo. En ese sentido, conforme a la normativa glosada el SENASIR tiene la obligación legal al certificar los aportes para la compensación de cotizaciones correspondientes al sistema de reparto, ante la inexistencia de planillas y comprobantes de pago en sus archivos con la documentación que cursa en el expediente del asegurado