VISTOS: El recurso de casación
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 245
Sucre, 22 de abril de 2015
Expediente: 272/2010-A
Demandante : Juan Carlos Ferrel Prado
Demandada: Gerencia Distrital de Impuestos Nacionales (SIN)
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator : Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 66 a 67 vta., interpuesto por Juan Carlos Ferrel Prado, contra el Auto de Vista Nº 095/2010 de 26 de agosto de fs. 63 a 64, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, hoy Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; dentro del proceso contencioso tributario seguido por Juan Carlos Ferrel Prado contra la Gerencia Distrital Cochabamba de Impuestos Internos (SIN); la respuesta de fs. 71 a 72, el Auto de 7 de octubre de 2010 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I:
I.1. ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1.1. Sentencia
Tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Primero de Partido en Materia Administrativa Coactiva, Fiscal y Tributaria del Distrito Judicial de Cochabamba, emitió Sentencia de 3 de diciembre de 2008 que corre de fs. 42 a 44 declarando IMPROBADA la demanda contencioso tributario, disponiendo dejar firme y subsistente la Resolución Sancionatoria N° 661/06 de 20 de octubre de 2006
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 245
Sucre, 22 de abril de 2015
Expediente: 272/2010-A
Demandante : Juan Carlos Ferrel Prado
Demandada: Gerencia Distrital de Impuestos Nacionales (SIN)
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator : Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 66 a 67 vta., interpuesto por Juan Carlos Ferrel Prado, contra el Auto de Vista Nº 095/2010 de 26 de agosto de fs. 63 a 64, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, hoy Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; dentro del proceso contencioso tributario seguido por Juan Carlos Ferrel Prado contra la Gerencia Distrital Cochabamba de Impuestos Internos (SIN); la respuesta de fs. 71 a 72, el Auto de 7 de octubre de 2010 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I:
I.1. ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1.1. Sentencia
Tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Primero de Partido en Materia Administrativa Coactiva, Fiscal y Tributaria del Distrito Judicial de Cochabamba, emitió Sentencia de 3 de diciembre de 2008 que corre de fs. 42 a 44 declarando IMPROBADA la demanda contencioso tributario, disponiendo dejar firme y subsistente la Resolución Sancionatoria N° 661/06 de 20 de octubre de 2006
- VISTOS: El recurso de casación
- Contra el referido fallo, el demandante interpuso
- Contra la Resolución de segunda instancia, el recurrente, por memorial de fs
- b) Señala que el Auto de Vista al aseverar que con la fiscalización
- c) Acusa que el Auto de Vista no ha efectuado una correcta interpretación y valorado
- Concluyó el recurso, pidiendo que en aplicación estricta de la ley, y administrando justicia en
- CONSIDERANDO II
- A tiempo de ingresar en la resolución del recurso que se analiza, corresponde inicialmente señalar
- En ese marco, para resolver el caso de autos, traeremos a colación el art
- En ese entendido, el actor durante la tramitación del proceso en que participó en igualdad
- Ahora bien, respecto al procedimiento de verificación, denominado punto fijo, que según refiere el recurrente
- Por los fundamentos expuestos, corresponde emitir resolución, en previsión de lo dispuesto en los arts
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
