POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Adm
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, en previsión de lo dispuesto por los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 66 a 67 vta., interpuesto contra el Auto de Vista N° 095/2010 de 26 de agosto. Con costas
- VISTOS: El recurso de casación
- Contra el referido fallo, el demandante interpuso
- Contra la Resolución de segunda instancia, el recurrente, por memorial de fs
- b) Señala que el Auto de Vista al aseverar que con la fiscalización
- c) Acusa que el Auto de Vista no ha efectuado una correcta interpretación y valorado
- Concluyó el recurso, pidiendo que en aplicación estricta de la ley, y administrando justicia en
- CONSIDERANDO II
- A tiempo de ingresar en la resolución del recurso que se analiza, corresponde inicialmente señalar
- En ese marco, para resolver el caso de autos, traeremos a colación el art
- En ese entendido, el actor durante la tramitación del proceso en que participó en igualdad
- Ahora bien, respecto al procedimiento de verificación, denominado punto fijo, que según refiere el recurrente
- Por los fundamentos expuestos, corresponde emitir resolución, en previsión de lo dispuesto en los arts
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
