Auto Supremo AS/0268/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0268/2015-RRC

Fecha: 27-Abr-2015

De la sentencia motivo del impugnaticio los jueces ciudadanos han valorado defectuosamente la prueba como


De la sentencia motivo del impugnaticio los jueces ciudadanos han valorado defectuosamente la prueba como ser la declaración del policía Antonio Villarrubia Almazan encargado de la policía caminera y declaración del Cabo Fabián Antiñapa Chávez-asignado al caso, los informes emitidos por dichos testigos quienes han dejado establecido y conforme han razonado las jueces técnicas ‘que el acusado Roberto Olivera Arce se encontraba llevando en el interior del vehículo asiento de atrás dos cajas selladas y en el maletero una caja abierta en el que claramente se podía ver unos paquetes en forma de ladrillos forrados con cinta masquin color beige que luego de la prueba de campo da positivo para marihuana, confirmado por la prueba científica realizada por el perito Fernando Mauricio Valle Rojas. No es creíble lo que manifiesta el acusado, que no sabía lo que transportaba, porque si él desconocía el contenido de las cajas -que en su interior contenía marihuana- podía pedir requerimiento Fiscal para el flujo de llamadas para conocer el nombre del propietario que refiere hace la llamada y dar las características de la persona, máxime si era su cliente no es posible que desconozca el apellido y sobre todo a quien y donde debía entregar las cajas en Villa Montes. Se debe tomar en cuenta que quien estaba conduciendo el vehículo es el acusado y ante la revisión efectuada por los funcionarios de la policía caminera, estos revisan el interior del vehículo porque el acusado se pone nervioso, motivando que los policías de la montada llamen a los efectivos de UMOPAR SUR al tener la sospecha que se trataría de droga, para que procedan a realizar una revisión minuciosa de las 4 cajas. Pero sí tenía conocimiento de lo que llevaba en su vehículo, por ello se pone nervioso, motivando que el policía de la caminera decida revisar lo que llevaba en el interior y luego en el maletero. Por consiguiente, Roberto Olivera Arce sabía y tenía conocimiento del transporte de la marihuana. El Ministerio Público ha demostrado la existencia del delito de transporte, no solamente con relación a los hechos, sino la participación del acusado en el delito de transporte en grado de complicidad de Roberto Olivera Arce’