Auto Supremo AS/0268/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0268/2015-RRC

Fecha: 27-Abr-2015

Para que la fundamentación de una sentencia sea válida se requiere no sólo que el


En cuanto a los roles de los sujetos procesales y operadores de justicia, relativos a la valoración de la prueba y su control, este Tribunal, de forma reiterada, desarrolló entendimientos y estableció doctrina legal aplicable que permite de forma pedagógica, realizar un correcto planteamiento del recurso con base en la defectuosa valoración de la prueba, pero además deja establecida, la forma en que el Tribunal de alzada debe ejercer control respecto a este tipo de denuncias; así por ejemplo, el Auto Supremo 214 de 28 de marzo de 2007, precisó: "Los jueces de mérito son soberanos en la valoración de las pruebas, que las estiman o desestiman, debiendo siempre indicar las razones para admitir o desestimar determinados elementos probatorios, los razonamientos del fallo deben estar acordes a las reglas del pensamiento humano, siendo este el iter lógico de una sentencia, el que debe fundarse en las leyes del pensamiento, las que independientemente de nuestra experiencia se presentan como necesarias en nuestro raciocinio.

Para que la fundamentación de una sentencia sea válida se requiere no sólo que el Tribunal de juicio funde sus conclusiones en pruebas de valor decisivo, sino también, que éstas no sean contradictorias entre sí, ni ilegales y que en su valoración se observen las reglas fundamentales de la lógica, no puede considerarse motivación legal ni aplicación integral de las reglas de la sana crítica, a una simple y llana referencia a una prueba por parte del juzgador y que se formula de un modo general y abstracto, en el que se omite realizar una exposición razonada de los motivos en los que se funda