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    Auto Supremo AS/0269/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0269/2015

    Fecha: 24-Abr-2015

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    • Yacimientos Petrolíferos Fiscales
    • Distrito: La Paz
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Apelada la Sentencia por la entidad Estatal a través de su representante legal, se concedió
    • Resolución de alzada que es impugnada por Marcelo David Canseco Fuentes, Andrea Cecilia Reque Carranza
    • CONSIDERANDO II DE LOS HECHOS
    • 2
    • CONSIDERANDO III
    • FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • La distinción de estas dos formas contractuales no puede tomarse a la ligera, puesto que
    • El Contrato Administrativo, como una forma de contrato que realiza la Administración Pública con particulares
    • Precisando los elementos y características propios de éste tipo contractual, el A
    • León Duguit, afirma que: "No hay diferencia en cuanto al fondo, entre un contrato civil
    • Alfonso Nava Negrete señala que: "El contrato administrativo, es el contrato que celebra la administración
    • Elizabeth Iñiguez de Salinas define al contrato administrativo como: "el acuerdo de voluntades generador de
    • En general podemos decir que hay contrato administrativo cuando una de las partes contratantes es
    • Al respecto el art
    • Siguiendo ese mismo orden el art
    • Por su parte el D
    • En el marco de lo expuesto, no debe quedar duda sobre la existencia y aplicación
    • La doctrina propia del Derecho administrativo, orienta también, que la regulación específica del contrato administrativo,
    • En nuestro ordenamiento jurídico, con la vigencia de la actual Constitución Política del Estado en
    • Consiguientemente, son los indicados Tribunales y en esas instancias a quien la ley atribuye competencia
    • Estando debidamente asignada por ley (aunque de manera transitoria), la competencia para el conocimiento y
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Sin responsabilidad por ser excusable
    • En aplicación del art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgda. Rita Susana Nava Duran
    • Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
    • Fdo. Mgda Rita Susana Nava Duran
    • Ante mi Fdo. Dr. Gonzalo Rojas Segales
    • Registrado en el libro de Tomas de Razón: Tercero

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