Auto Supremo AS/0086/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0086/2015-L

Fecha: 05-May-2015

Que la sociedad no se basó en la aplicación de la exención por analogía, sino

Que la sociedad no se basó en la aplicación de la exención por analogía, sino más bien en la correcta aplicación de lo dispuesto en el art. 8 del Código Tributario (Ley Nº 1340), que para el presente caso no representa una inapropiada interpretación a la realidad económica, mas aun si dentro la propia norma establece una exención determinada en forma expresa para la primera etapa de la cadena de producción de hidrocarburos (petrolero y gas natural). Por ello señala que es evidente que en la realidad económica, la exención alcanza a la comercialización del GLP de plantas en mercado interno producido en actividades de explotación como lo es el GLP de plantas de su empresa