Auto Supremo AS/0091/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0091/2015-L

Fecha: 12-May-2015

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero de Partido del Trabajo y

Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 169 a 172, interpuesto por la Empresa “GLOBAL Ltda.”, representada legalmente por Gustavo Alfonso Paz Balderrama; contra el Auto de Vista Nº 102/2010 de 28 de abril, cursante de fs. 162 a 164, emitido por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales que se tramita en liquidación, seguido por Galo Carlos Cabezas Polo contra la empresa recurrente, el memorial de respuesta de fs. 175, el auto de fs. 175 vuelta que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero de Partido del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, emitió Sentencia el 26 de agosto de 2008 (fs. 136 a 139), declarando probada en parte la demanda de fs. 10 a 13 de obrados, en lo que respecta a los conceptos de desahucio, indemnización, aguinaldo de la gestión 2007, doble por su incumplimiento y salarios devengados, e improbada en lo que respecta al concepto de vacación y aportes a las AFPs, debiendo descontarse de la liquidación final la suma de Bs. 9.820.- que corresponde al pago efectuado a cuenta de indemnización por el primer quinquenio, por lo que ordenó a la empresa demandada pague a favor del actor dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia la suma de Bs. 74.502,58.-, más la multa del 30% previsto en el Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006. Asimismo declaró probada la excepción de pago en lo que respecta a la suma de Bs. 9.820.- que corresponde al pago a cuenta del primer quinquenio e improbada la excepción de prescripción