ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano.
ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
- Auto Supremo Nº 98/2015-L
- Expediente: CBBA. 467/2010
- CONSIDERANDO I: Que, tramitada la causa, la Juez de Partido Primero de Trabajo
- Que, en grado de apelación de fs
- Contra la resolución de segunda instancia, la Corporación Industrial DILLMANN S
- Con estos argumentos concluye, solicitando para que el Tribunal Superior en grado case al auto
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, se pasa a considerar el mismo, de donde
- Asimismo, conforme el contenido del art
- En ese contexto, el preaviso ha sido concedido por el legislador para los
- Al márgen de aquello, si bien la desvinculación laboral se produjo por retiro voluntario
- En esencia, en lo que respecta a la imposición de la multa solicitada por la
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto precedentemente, se establece que el tribunal ad quem,
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
