Auto Supremo AS/0099/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0099/2015-L

Fecha: 12-May-2015

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo de Partido de Trabajo y

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 98 a 99, interpuesto por la Caja de Salud CORDES regional Cochabamba, representada por Esther Aramayo Antesana, contra el Auto de Vista Nº 112/2010 de 12 de mayo de 2010, cursante fs. 94 a 95, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso social por cobro de beneficios sociales que se tramita en liquidación, seguido por Edith Jiménez Arandia contra la institución recurrente, la respuesta de fs. 101 a 103, el auto de fs. 103 vta. que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo de Partido de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, emitió Sentencia el 15 de julio de 2008 cursante de fs. 71 a 74, declarando probada la demanda de fs. 19 a 21, disponiendo que la Caja de Salud CORDES, mediante su representante legal pague a la demandante el monto de Bs.34.600,14.- (treinta y cuatro mil seiscientos 14/100 bolivianos), por concepto de indemnización, desahucio, aguinaldos dobles por su incumplimiento, vacaciones, bono de antigüedad, más la correspondiente actualización y multa prevista en el art. 9 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006