Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
En consecuencia, en merito a lo expuesto precedentemente, corresponde resolver el recurso de casación de acuerdo a lo previsto contenida en los arts. 271.2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por mandato del art. 252 del Código Procesal del Trabajo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por los arts. 184.1 de la Constitución Política de Estado y 42.I.1 de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, así como del art. 8 de la Ley Nº 212 de 23 de diciembre de 2011, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 98 a 99, con costas.
Se regula el honorario profesional en la suma de Bs.500.- que mandará pagar el tribunal ad quem
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por los arts. 184.1 de la Constitución Política de Estado y 42.I.1 de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, así como del art. 8 de la Ley Nº 212 de 23 de diciembre de 2011, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 98 a 99, con costas.
Se regula el honorario profesional en la suma de Bs.500.- que mandará pagar el tribunal ad quem
- Auto Supremo Nº 99/2015-L
- Expediente: CBBA.469/2010
- Distrito: Cochabamba
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo de Partido de Trabajo y
- En grado de apelación de fs
- Que el Auto de Vista Nº 112/2010 de 12 de mayo, dictado por el tribunal
- Agrega que, como precepto legal violado el art
- Asimismo, señala que la falta de sujeción normativa, omisión interpretativa e indebida aplicación, ha provocado
- Agrega que se ha omitido la interpretación legal, del manual de incompatibilidad en la función
- La entidad recurrente también denuncia errónea e indebida interpretación y aplicación de los arts
- En lo principal acusa que la resolución en apelación aplicó indebidamente y violó disposiciones legales
- Concluye solicitando que al Tribunal Supremo, en aplicación de lo previsto por el art
- Encontrándose así formulado el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, revisando los antecedentes
- Este tribunal, de manera reiterada ha señalado la importancia en cuanto a la observancia del
- En este contexto, el art
- En el caso de autos, de la prueba aportada se advierte la existencia de seis
- Conforme a lo precedentemente señalado líneas arriba, la uniforme jurisprudencia sentada por la Tribunal Supremo
- Bajo estos antecedentes, se llega a la conclusión de que los de instancia al reconocer
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
