POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la facultad conferida por el art. 184.I de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 75 a 77, con costas
- Auto Supremo Nº 101/2015-L
- Expediente: TJA.473/2010
- Distrito: Tarija
- En grado de apelación, deducido por la asociación demandada de fs
- Que, contra el referido auto de vista, la Asociación Sindical Expreso “San Roque” a través
- Denunció la violación del art
- Concluye señalando contradictoriamente que el Tribunal se pronuncie admitiendo el recurso de nulidad y se
- Antes de ingresar al análisis de la problemática planteada, se debe dejar establecido que el
- Con referencia a la falta de valoración de la prueba documental de fs
- En cuanto a la errónea determinación de las horas extraordinarias, violándose el art
- En cuanto a la denuncia de haberse aplicado falsamente el art
- Consiguientemente, al no estar demostrada la infracción de las normas laborales denunciadas por la asociación
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
