Auto Supremo AS/0104/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0104/2015-L

Fecha: 12-May-2015

CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es

CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es menester realizar las siguientes consideraciones:
En principio es imperioso señalar que, la entidad demandada recurre de nulidad, al amparo del art. 210 del Código Procesal del Trabajo, sin embargo del análisis del recurso, el mismo basa sus fundamentos en el art. 253 del Código de Procedimiento Civil, que se refiere al recurso de casación propiamente dicho, sin distinguir que el recurso de nulidad o casación en la forma se sustentan en causas diferentes y persiguen efectos distintos que no pueden confundirse entre sí como erróneamente plantea, sin tomar en cuenta que el recurso de casación en el fondo, debe fundarse en errores in judicando (de derecho) en que hubieran incurrido los juzgadores de instancia al emitir sus resoluciones, las cuales deben estar debidamente identificadas en las causales señaladas en el art. 253 del Código Adjetivo Civil, en tanto que para el recurso de casación en la forma o de nulidad, se funda en errores in procedendo (de procedimiento), y tiene relación con la infracción de normas adjetivas incumplidas o mal aplicadas en la tramitación del proceso, especificadas en el art. 254 del mismo cuerpo legal, y que persigue la nulidad del proceso hasta que se reparen las deficiencias que se hubiera incurrido en la parte procedimental.
De lo expuesto se advierte que el recurso demuestra la impericia procesal recursiva y la falta de técnica jurídica