Auto Supremo AS/0104/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0104/2015-L

Fecha: 12-May-2015

Que de igual manera se ha probado que la demandante fue despedida por la causal

Que de igual manera se ha probado que la demandante fue despedida por la causal establecida en el inciso e) del art. 16 de la L.G.T. cuando de fs. 98 a 113 se demuestra mediante auditoria interna, que existían fallas administrativas producidas por la parte actora, de fs. 81 a 94 se demostró que en reiteradas ocasiones se le llamó la atención por sus malos manejos administrativos incurriendo en la causal de despido, no procediendo en consecuencia el pago de desahucio ni indemnización, hechos que no fueron valorados por el juez al haber declarado probada la demanda, violando el art. 158 del C.P.T