De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
1) Efectuada la relación de antecedentes que hacen al caso de autos, el recurrente refiere que su conducta jamás se subsumió al ilícito de Prevaricato, ya que su participación dentro del proceso disciplinario iniciado a la querellante estuvo limitado a la emisión de dos memorándums administrativos, hecho reconocido en el mismo Auto de Vista recurrido, pues este dio por válida la Sentencia emitida a su favor, señalando que fue resuelta de forma correcta al establecer que su conducta no se adecuaba al tipo penal acusado por ser la prueba insuficiente y no generar convicción en el Tribunal sobre su participación; en consecuencia, el Tribunal de alzada no debió disponer el reenvío de juicio respecto de su persona, ya que con esta decisión se está atentando el debido proceso y la seguridad jurídica. Para el efecto, invoca como precedentes contradictorios las Sentencias Constitucionales 0119/2003-R y 0489/2003-R, relacionadas a la fundamentación o motivación de las resoluciones vinculadas a la legalidad procesal y seguridad jurídica; en igual sentido se tendrían las SSCC 445/2006-R de 10 de mayo de 2006 y 590/2006-R de 21 de junio de 2006
- Por memorial presentado el 11 de febrero de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia y su Auto Complementario (fs
- c) El 9 de febrero de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- En este motivo, invoca el Auto Supremo 273 de 8 de octubre de 2007, que
- 2) También denuncia la falta de fundamentación del Auto de Vista recurrido, en mérito a
- 3) Denuncia la falta de congruencia entre la parte considerativa y dispositiva de la resolución
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 9 de febrero de 2015, fue
- En cuanto a primer motivo, por el cual el recurrente denuncia que el Auto de
- Similar criterio resulta aplicable con relación al tercer motivo, pues el recurrente a tiempo de
- Finalmente respecto de las Sentencias Constitucionales 0119/2003-R, 0489/2003-R, 445/2006-R de 10 de mayo de 2006,
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
