Auto Supremo AS/0307/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0307/2015-RRC

Fecha: 20-May-2015

La recurrente denuncia defecto procesal absoluto por vulneración del art


I.1.1. Motivo del recurso

Del memorial de casación formulado por la imputada Triny Zulema Miranda Huanca y el Auto Supremo 043/2015-RA de 21 de enero, se tiene el siguiente motivo:

La recurrente denuncia defecto procesal absoluto por vulneración del art. 413 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y del derecho a la defensa, refiriendo que el Tribunal de alzada al declarar procedente la apelación restringida formulada por el Ministerio Público, anuló parcialmente la Sentencia disponiendo el reenvío de la causa al Tribunal siguiente, el que deberá sustanciar nuevamente el juicio y pronunciar el fallo que corresponda; sin embargo, la decisión además de ininteligible y contradictoria, vulnera el principio de legalidad, establecido en el art. 8 de la convención Americana sobre Derechos Humanos; por otra parte, al haber anulado parcialmente la Sentencia, el Tribunal tenía la obligación de señalar cuál será el objeto del nuevo juicio, expresando de manera correcta qué es lo que debe renovarse o sobre qué aspectos debe versar el nuevo juicio, aspecto que le dejó en indefensión