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    Auto Supremo AS/0310/2015-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0310/2015-RRC

    Fecha: 20-May-2015

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    • b) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por el imputado (fs
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión
    • Por lo expuesto, el recurrente solicita se declare admisible el recurso de casación, disponiendo la
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • De acuerdo al requerimiento acusatorio presentado el 16 de noviembre de 2009, y al sello
    • Por otro parte, el Ministerio Público, a través de escrito de 19 de noviembre de
    • II.2. Del incidente de nulidad por defectos absolutos
    • Por lo expuesto, el Tribunal Tercero de Sentencia, emitió el decreto de 5 de febrero
    • II.3. De la audiencia de juicio oral
    • El incidente de nulidad por defectos absolutos, fue ratificado en la audiencia de juicio oral
    • Decisión contra la cual el imputado, hizo reserva de apelación
    • II.4. De la apelación restringida del acusado
    • El recurrente, a través de memorial de recurso de apelación restringida, cuestionó los fundamentos de
    • El representante del Ministerio Público, pretendió corregir mediante un simple memorial de 19 de noviembre
    • II.5. Del Auto de Vista impugnado
    • Radicada la causa ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba,
    • Este Tribunal admitió el recurso de casación interpuesto por el recurrente, en el que cuestiona
    • III.1. Sobre la actividad procesal defectuosa, susceptible de anulación
    • En ese entendido, el Auto Supremo 206/2014-RRC de 22 de mayo, estableció: “Respecto a la
    • Por su parte, los arts
    • Los defectos absolutos se hallan enumerados por el art
    • De las referidas normas, se advierte que el vigente sistema procesal penal permite la corrección
    • Entre los defectos absolutos, conforme al art
    • Un tercer defecto absoluto conforme el art
    • Por último, entre los defectos absolutos se tienen aquellos que estén expresamente sancionados con nulidad,
    • De lo expuesto, se concluye que ante la existencia de defectos procesales, el juzgador tiene
    • Bajo este horizonte que refleja la jurisprudencia citada, se entiende que el régimen de nulidades
    • En los casos y formas previstos por este Código, las partes sólo podrán impugnar, con
    • Lo que demuestra que el principio de convalidación y trascendencia se encuentra sumido a la
    • III.2. Sobre el motivo de casación
    • De acuerdo a los antecedentes que cursan en el expediente y en consideración a la
    • Al respecto, es preciso aclarar que con relación al defecto inserto en el art
    • En el caso concreto, se advierte que la consignación en la acusación formal, apartado II,
    • Mediante decreto de 5 de febrero del citado año, el referido incidente, mereció una reiteración
    • De lo relacionado, se advierte que el error en la consignación del nombre del imputado,
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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