Auto Supremo AS/0310/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0310/2015-RRC

Fecha: 20-May-2015

Al respecto, es preciso aclarar que con relación al defecto inserto en el art


Al respecto, es preciso aclarar que con relación al defecto inserto en el art. 169 inc. 1) del Código adjetivo penal, el recurrente de ningún modo explica en qué actuación se habría omitido la presencia del fiscal o del juez y que la misma no habría sido considerada por el Tribunal de alzada, razón por la cual no se ahondará sobre este tema al no existir certeza de cuál el agravio planteado por el recurrente