1) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por la imputada (fs
1) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por la imputada (fs. 156 a 159), resuelto por Auto de Vista 88/2014 de 14 de octubre dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por el que se declaró improcedente el recurso y confirmó la Sentencia recurrida, habiendo sido complementado y enmendado por Auto de 14 de noviembre de 2014, en el que se aclaró el nombre de la apelante, manteniendo en lo demás el Auto de Vista firme y subsistente (fs. 187), dando lugar a la interposición del presente recurso de casación
- Por memorial presentado el 25 de noviembre de 2014, cursante de fs
- 1) En mérito a la acusación particular (fs
- 1) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por la imputada (fs
- I.1.1. Motivo del recurso
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión
- Previa aseveración que el Auto que resolvió su solicitud de explicación, complementación y enmienda planteado
- Por lo expuesto, la recurrente solicita que siendo evidentes las contradicciones con los Autos Supremos
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- La imputada, planteó recurso de apelación restringida contra la Sentencia 18/2014, alegando, en estricta relación
- II.3. Del Auto de Vista recurrido
- Radicada la causa ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La
- El Tribunal Supremo de Justicia, admitió el recurso de casación interpuesto por la imputada, con
- Como uno de los elementos constitutivos del debido proceso, se encuentra el derecho a recurrir
- En concordancia con el anterior razonamiento, el Auto Supremo 107/2013 de 22 de abril, previa
- III.2. Análisis del caso concreto
- Revisados los antecedentes, se advierte que en apelación restringida, María Luisa Condori Quispe, impugnó la
- Al respecto, se debe tener en cuenta que conforme el art
- En aplicación del art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
