Radicada la causa ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La
Radicada la causa ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, resolvió el fondo del recurso de apelación restringida emitiendo el Auto de Vista 88/2014, declarando improcedentes las cuestiones planteadas y confirmando la Sentencia recurrida, habiendo establecido en cuanto a la denuncia de falta de fundamentación en cuanto a la imposición de la pena, que no refirió qué elemento o argumentos se omitieron considerar en la Sentencia, que no justifiquen la sanción impuesta. Asimismo, como corolario de su razonamiento, estableció que advirtió insuficiencia de argumento relevante en lo expuesto por la recurrente, el que reiteró en la audiencia de fundamentación del recurso, a cuyo efecto, concluyó que la Sentencia en apelación dio cumplimiento al art. 124 del CPP (Código de Procedimiento Penal), por lo que consideró que el Tribunal de Sentencia no cometió errores in procedendo conforme sostiene el recurso de apelación
- Por memorial presentado el 25 de noviembre de 2014, cursante de fs
- 1) En mérito a la acusación particular (fs
- 1) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por la imputada (fs
- I.1.1. Motivo del recurso
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión
- Previa aseveración que el Auto que resolvió su solicitud de explicación, complementación y enmienda planteado
- Por lo expuesto, la recurrente solicita que siendo evidentes las contradicciones con los Autos Supremos
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- La imputada, planteó recurso de apelación restringida contra la Sentencia 18/2014, alegando, en estricta relación
- II.3. Del Auto de Vista recurrido
- Radicada la causa ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La
- El Tribunal Supremo de Justicia, admitió el recurso de casación interpuesto por la imputada, con
- Como uno de los elementos constitutivos del debido proceso, se encuentra el derecho a recurrir
- En concordancia con el anterior razonamiento, el Auto Supremo 107/2013 de 22 de abril, previa
- III.2. Análisis del caso concreto
- Revisados los antecedentes, se advierte que en apelación restringida, María Luisa Condori Quispe, impugnó la
- Al respecto, se debe tener en cuenta que conforme el art
- En aplicación del art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
