Previa aseveración que el Auto que resolvió su solicitud de explicación, complementación y enmienda planteado
Previa aseveración que el Auto que resolvió su solicitud de explicación, complementación y enmienda planteado contra el Auto de Vista 88/2014, le fue notificado el 21 de noviembre de 2014, denunció que el Auto de apelación señalado, en directa contradicción con lo asumido en el precedente contenido en el Auto Supremo 274/2012-RRC de 31 de octubre, con relación a la denuncia de falta de fundamentación de la pena, refirió: “…si bien la recurrente alegó que existió falta de fundamentación en cuanto a la imposición de la pena, no refiere que elementos o argumentos, se omitieron considerar en la sentencia que no justifiquen la sanción impuesta…” (sic), lo que considera una observación de forma en la interposición del recurso que debió dar lugar a la oportunidad de rectificarlo para exponer con claridad los agravios del recurso; empero, en forma directa y arbitraria, se declaró improcedente el recurso planteado, adicionando que existe similitud de su caso con el resuelto en el precedente, al haberse referido a los delitos de Difamación, Calumnias e Injurias, habiendo establecido que el defecto constituye la imposibilidad de alegar defectos de forma en la interposición del recurso de apelación restringida, sin dar la oportunidad al recurrente de efectuar correcciones al referido recurso de apelación restringida, en aplicación del art. 399 del CPP, aspecto que se consideró defecto absoluto de procedimiento e infracción radical al derecho de impugnación
- Por memorial presentado el 25 de noviembre de 2014, cursante de fs
- 1) En mérito a la acusación particular (fs
- 1) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por la imputada (fs
- I.1.1. Motivo del recurso
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión
- Previa aseveración que el Auto que resolvió su solicitud de explicación, complementación y enmienda planteado
- Por lo expuesto, la recurrente solicita que siendo evidentes las contradicciones con los Autos Supremos
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- La imputada, planteó recurso de apelación restringida contra la Sentencia 18/2014, alegando, en estricta relación
- II.3. Del Auto de Vista recurrido
- Radicada la causa ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La
- El Tribunal Supremo de Justicia, admitió el recurso de casación interpuesto por la imputada, con
- Como uno de los elementos constitutivos del debido proceso, se encuentra el derecho a recurrir
- En concordancia con el anterior razonamiento, el Auto Supremo 107/2013 de 22 de abril, previa
- III.2. Análisis del caso concreto
- Revisados los antecedentes, se advierte que en apelación restringida, María Luisa Condori Quispe, impugnó la
- Al respecto, se debe tener en cuenta que conforme el art
- En aplicación del art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
