Auto Supremo AS/0326/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0326/2015

Fecha: 13-May-2015

Finalmente respecto al reclamo de la no consideración de la interrupción el año 2005, por

Finalmente respecto al reclamo de la no consideración de la interrupción el año 2005, por la que no correspondía la aplicación de la escala del bono de antigüedad, no debe olvidarse que los derechos laborales por principio son irrenunciables, por lo que este reclamo no tiene asidero legal