Auto Supremo AS/0326/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0326/2015

Fecha: 13-May-2015

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 326
Sucre, 13 de mayo de 2015

Expediente: 36/2015-S
Demandante: Guadalupe Bascopé Parada
Demandada: Empresa “C&C Lencería Import Export”
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Pastor S. Mamani Villca

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 173 a 174, interpuesto por Cinthia Osuna de Dechazal en representación legal de la Empresa “C&C Lencería Import Export”, contra el Auto de Vista Nº 287 de 3 de octubre de 2014, de fs. 170 a 171, emitido por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de la ciudad de Santa Cruz, dentro del proceso laboral por pago de beneficios sociales seguido por Guadalupe Bascopé Parada contra la Empresa recurrente, el Auto que concedió de 18 de diciembre de 2014, a fs. 181 los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1 ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1.1 Sentencia
Tramitado el proceso del exordio, la Juez Segundo de Partido del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió Sentencia Nº 104/2009 de 26 de noviembre (fs. 142 a 145 y vta.), declarando probada la demanda más no la cuantía que fue ajustada a los datos del proceso e improbada la excepción de pago porque no se presentó el recibo y finiquito debidamente firmado por la actora, ordenando a la empresa demandada pague a Guadalupe Bascopé Parada la suma de $us. 5.893,97.- (cinco mil ochocientos noventa y tres con 97/100 dólares estadounidenses), más la multa del 30% conforme lo dispuesto por el Decreto Supremo (DS) Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, sin lugar a la actualización por encontrarse en moneda americana