ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
Para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos prescritos en los arts. 416 y 417 del citado cuerpo legal, cuales son:
i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con el Auto de Vista impugnado o en su caso con el Auto de Complementación, ante la Sala que emitió la resolución impugnada.
ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo el recurrente señalar en términos claros y precisos la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado; es decir, este requisito constituye una carga procesal para el recurrente de efectuar la debida fundamentación sobre la existencia de precedentes contradictorios entre la resolución judicial impugnada con otros precedentes consistentes en Autos Supremos emitidos por las Salas Penales del Tribunal Supremo de Justicia o Autos de Vista pronunciados por los Tribunales Departamentales de Justicia; los cuales deberán ser expuestos de forma clara y precisa, a partir de la comparación de hechos similares y de las normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos; especificando en qué consisten los defectos del pronunciamiento impugnado, las disposiciones inobservadas o erróneamente aplicadas, cuáles serían los preceptos que debieran aplicarse y la solución pretendida
- Por memorial presentado el 17 de marzo de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por el acusado, Leonardo Coyo Coca
- c) Notificado el recurrente, con el referido Auto de Vista el 10 de marzo 2015
- De la revisión del recurso de casación, se extraen como motivos los siguientes
- 2) Refiere el Auto de Vista que el Fiscal de Materia propuso demostrar los presupuestos
- 3) Con relación a lo solicitado por su persona respecto de ser sancionado por el
- 4) A tiempo de expresar que se ratificaba en su apelación restringida, hizo hincapié en
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Conforme se tiene señalado, el recurrente fue notificado con el Auto de Vista recurrido el
- En cuanto al segundo motivo, se advierte que a más de una descripción de la
- Respecto al tercer motivo, referido a que el Tribunal de alzada olvidó y obvió su
- Por otra parte, si bien el recurrente alega la vulneración al debido proceso; puesto que,
- Con relación al cuarto motivo, en similar sentido que en el anterior análisis, se advierte
- Por último, es preciso aclarar que la cita de los Autos Supremos 444 de “11
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
