En cuanto a la forma del recurso, de las alegaciones expresadas en el memorial de
En cuanto a la forma del recurso, de las alegaciones expresadas en el memorial de fs. 1842 a 1843, se advierte que el recurrente simplemente se limitó a realizar una exigua descripción o referencia de antecedentes expresados en la Sentencia de calificación de daño civil, citando el art. 105 del CC (en cuanto al derecho propietario) y el art. 253 inc. 1) del CPC, para sustentar su recurso de casación en el fondo; omitiendo expresar en forma clara y precisa, la presunta denuncia de violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley, pues si bien señaló las normas legales antes citadas, no existe una fundamentación vinculada a cada una de estas, omisión que no puede ser suplida de oficio por este Tribunal de casación
- Por memorial presentado el 7 de noviembre de 2014, cursante de fs
- a) Del proceso penal se tienen los siguientes actuados procesales: i) Por Sentencia 07/05 de
- c) El recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado, el 30 de octubre
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Tampoco se tomó en cuenta el Acuerdo Transaccional suscrito entre la demandante y Vicente
- Finalmente pide se tenga presente que a la fecha se viene tramitando en esta ciudad
- Radicada la causa en este Tribunal, en cumplimiento a lo dispuesto por el art
- Asimismo, refiere que de la lectura de la Sentencia de calificación de responsabilidad civil, se
- I.1.3. De la respuesta al recurso de casación
- La parte demandante (fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
- Mediante Resolución 04/2014, el Juez Tercero de Partido en lo Penal Liquidador, falla declarando: Haber
- Para establecer la suma fijada para la responsabilidad civil, detalla los siguientes montos
- Con el Auto de Vista antes referido el recurrente fue notificado el 30 de octubre
- En previsión de lo dispuesto por el art
- III.2. Análisis del caso concreto
- En el presente proceso, se constata que el recurrente cumplió con el requisito relativo al
- En cuanto a la forma del recurso, de las alegaciones expresadas en el memorial de
- Al no haberse dado cumplimiento a todos los presupuestos establecidos para conocer el fondo del
- Que el recurso de nulidad o casación planteado en contra del Auto de Vista (…)
- Finalmente se aclara al recurrente, respecto de su recurso de revisión de sentencia que fuera
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
