Por memorial presentado el 7 de noviembre de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 330/2015-RRC
Sucre, 29 de mayo de 2015
Expediente: La Paz 27/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Vicente Pacheco Ortega y otros
Recurso: Reparación de daño civil
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 7 de noviembre de 2014, cursante de fs. 1842 a 1843 Manuel Chambilla Rodríguez, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 185/2014 de 3 de octubre, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del trámite de Responsabilidad Civil emergente del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Marlene Cortéz de Camacho contra Vicente Pacheco Ortega, Raúl Vega Hermosa y el recurrente, por la comisión del delito de Uso de Instrumento Falsificado, previsto y sancionado por el art. 203 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 330/2015-RRC
Sucre, 29 de mayo de 2015
Expediente: La Paz 27/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Vicente Pacheco Ortega y otros
Recurso: Reparación de daño civil
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 7 de noviembre de 2014, cursante de fs. 1842 a 1843 Manuel Chambilla Rodríguez, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 185/2014 de 3 de octubre, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del trámite de Responsabilidad Civil emergente del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Marlene Cortéz de Camacho contra Vicente Pacheco Ortega, Raúl Vega Hermosa y el recurrente, por la comisión del delito de Uso de Instrumento Falsificado, previsto y sancionado por el art. 203 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 7 de noviembre de 2014, cursante de fs
- a) Del proceso penal se tienen los siguientes actuados procesales: i) Por Sentencia 07/05 de
- c) El recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado, el 30 de octubre
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Tampoco se tomó en cuenta el Acuerdo Transaccional suscrito entre la demandante y Vicente
- Finalmente pide se tenga presente que a la fecha se viene tramitando en esta ciudad
- Radicada la causa en este Tribunal, en cumplimiento a lo dispuesto por el art
- Asimismo, refiere que de la lectura de la Sentencia de calificación de responsabilidad civil, se
- I.1.3. De la respuesta al recurso de casación
- La parte demandante (fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
- Mediante Resolución 04/2014, el Juez Tercero de Partido en lo Penal Liquidador, falla declarando: Haber
- Para establecer la suma fijada para la responsabilidad civil, detalla los siguientes montos
- Con el Auto de Vista antes referido el recurrente fue notificado el 30 de octubre
- En previsión de lo dispuesto por el art
- III.2. Análisis del caso concreto
- En el presente proceso, se constata que el recurrente cumplió con el requisito relativo al
- En cuanto a la forma del recurso, de las alegaciones expresadas en el memorial de
- Al no haberse dado cumplimiento a todos los presupuestos establecidos para conocer el fondo del
- Que el recurso de nulidad o casación planteado en contra del Auto de Vista (…)
- Finalmente se aclara al recurrente, respecto de su recurso de revisión de sentencia que fuera
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
