Auto Supremo AS/0339/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0339/2015

Fecha: 18-May-2015

Este último Auto de Vista originó que la entidad demandada, formule recurso de casación en

I.2 Auto de Vista
Dicha resolución fue recurrida en apelación por la entidad demandada (fs. 238 a 240 vta.), mereciendo el Auto de Vista N° 01/2015 de 02 de enero (fs. 258 a 262), que confirmó totalmente la Sentencia N° 057/2014 de 13 de junio, cursante a fs.
231 a 235 vta., con costas.
II. Recurso de casación - motivos
Este último Auto de Vista originó que la entidad demandada, formule recurso de casación en el fondo (fs. 272 a 275), que en lo esencial de su contenido señaló:
Que el Tribunal de apelación, no hizo una correcta valoración de los antecedentes que motivaron el retiro del trabajador, toda vez que, mediante fs. 170 a 173, se demostró que no existe el cargo de coordinador de proyectos, y que la verdadera causal del retiro que no fue considerada, fue el incumplimiento de convenio como está estipulado en el art. 16.e) de la Ley General del Trabajo (LGT) y art. 9 de su reglamento, puesto que el demandante no estaba cumpliendo funciones para las cuales se lo contrató y venía desempeñando funciones diametralmente distintas, tal cual se evidencia con el memorándum de fs. 5