Auto Supremo AS/0339/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0339/2015

Fecha: 18-May-2015

Por consiguiente, al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación en

Finalmente, debe quedar anotado que en relación a la facultad valorativa de la que goza el Juez laboral, éste no se encuentra sujeto a la tarifa legal de las pruebas, por lo tanto puede formar libremente su convencimiento, inspirándose en los principios que informan la sana crítica de la prueba y entendiendo a las circunstancias relevantes del pleito y a la conducta procesal observada por las partes, todo esto como se encuentra establecido en los arts. 3.j) y 158 del CPT, en ese sentido, advertimos que en el caso de examen, los de instancia realizaron una crítica de la
prueba de cargo y descargo de manera correcta y adecuada, en el marco de la normativa señalada ut supra, al concluir que el retiro del demandante fue injustificado, pues no se ha demostrado con suficiencia por la parte empleadora, conforme a la carga de la prueba que le incumbe según la previsión de los arts. 3.h), 66 y 150 del CPT, que el retiro haya obedecido a causa justificada.
Por consiguiente, al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación en el fondo, de fs. 272 a 275, conforme los fundamentos antes expuestos, corresponde dar aplicación a las disposiciones legales contenidas en los arts. 271. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil (CPC), aplicables por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT