Auto Supremo AS/0347/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0347/2015

Fecha: 19-May-2015

POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Adm

En definitiva, no corresponde analizar los argumentos expuestos en el memorial planteado como recurso de casación, estando enmarcado el mismo en la previsión contenida en los arts. 271.1), 272.1) y 262.3) todos del CPC, aplicables en virtud a lo dispuesto por el art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con atribución conferida en los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación interpuesto por Franz Iban Soto Villalta. Sin costas