Auto Supremo AS/0225/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0225/2015-RA-L

Fecha: 03-Jun-2015

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:

a) En merito a la acusación particular resuelto por Teresa Chipana Pachaguaya (fs. 29 a 31), una vez concluida la audiencia de juicio oral, el Juez Sexto de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Sentencia 210/2009 de 31 de agosto (fs. 119 a 122), por la que declaró al imputado Carlos Ramos Gironda, absuelto de la comisión de los delitos de Difamación, Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 287 del CP, en aplicación del art. 363 inc. 2) del Código de Procedimiento Penal (CPP), sin lugar a favorecerlo con costas