Auto Supremo AS/0228/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0228/2015-RA-L

Fecha: 03-Jun-2015

De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos


II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:

1) El Auto de Vista al confirmar la Sentencia convalidó los defectos de la misma, los cuales son: a) No se cumplió con lo dispuesto por el art. 343 del Código de Procedimiento Penal (CPP), porque el Secretario nunca hizo llegar notificación alguna a los imputados para que puedan presentar o adjuntar toda la prueba ofrecida; b) No se identificó correctamente al imputado Genaro Mamani Caune, porque se lo mencionó como Gerardo Mamani Kaune, así como la cédula de identidad de Dionicio Quino Quispe se encuentra mal consignado en la acusación fiscal; c) De acuerdo a pruebas literales y documentales supuestamente admitidas se hubiere demostrado el derecho propietario de los querellantes; sin embargo, en ningún momento de la fundamentación de la Sentencia se hace mención a qué bien inmueble supuestamente se habría allanando, es más en las actas de juicio oral, no existe la admisión de estas pruebas; d) No se notificó personalmente a los imputados conforme dispuso el Juez, solo se realizó una notificación que no cumplió con lo dispuesto por el art. 163 del CPP; y, e) La Sentencia no cumplió una verdadera valoración y fundamentación jurídica de la prueba, porque no se efectuó valoración de la misma, al contrario realizó una valoración defectuosa vulnerando el art. 370 incs. 1) y 6) del CPP, porque no demostró en que parte de la misma el bien allanado pertenecía a los demandantes, ya que en los supuestos documentos de propiedad se señala la ubicación del bien de los querellantes en otro lugar distinto al del lugar del hecho, por lo que, no existiría allanamiento de domicilio