De la revisión del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos:
a) Los recurrentes acusan que la Sentencia incurrió en defecto absoluto descrito en el art. 169 inc. 3) del CPP, por conculcar el debido proceso, además de las garantías mínimas establecidas en nuestra normativa jurídica y normas internacionales; toda vez, que el juicio se habría desarrollado sin asistencia legal al co-imputado Armando Mita Sirpa, quien inicialmente habría sido abandonado por su abogada defensora, ausencia ante la cual, se habría designado una defensora de oficio, misma que -afirman- no se apersonó, ni asumió defensa por el co-imputado. Sostienen, que este defecto habría sido denunciado en apelación restringida de forma detallada y que ante el conocimiento, el Tribunal de alzada debió observar lo dispuesto en el art. 15 de la Ley de Organización Judicial (LOJabrg)
- Por memorial presentado el 24 de abril de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, los querellantes Pascual Félix Macías Aruquipa, Alberto Tinta Chipana, Pablo
- c) Notificados los querellantes Pascual Félix Macías Aruquipa, Alberto Tinta Chipana, Pablo Bautista Condori, Julián
- De la revisión del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos
- b) Aducen, que el Tribunal de mérito vulneró el principio de continuidad, al incumplir lo
- c) Acusan al Tribunal de alzada de no considerar la denuncia realizada en apelación restringida,
- d) Agregan, que el Tribunal sentenciador, así como el de apelación, no tuvieron el cuidado
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, respecto al primer requisito del recurso de casación, se constata
- Respecto al cumplimiento de los demás requisitos señalados en la normativa legal precitada, se establece
- En cuanto al segundo motivo, en el que denuncian infracción al principio de continuidad e
- Respecto al tercer motivo, en que los recurrentes alegan que el Tribunal de alzada no
- En cuanto al cuarto motivo, cuya denuncia señala que el Tribunal de apelación al igual
- En cuanto a la alegación de que el incumplimiento del art
- Del análisis del recurso casacional se verifica el incumplimiento de los requisitos formales establecidos por
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
