Auto Supremo AS/0236/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0236/2015-RA-L

Fecha: 03-Jun-2015

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art


Al respecto el recurrente omitió invocar precedente contrario respecto de la temática planteada y en consecuencia no realizó la labor de contraste con el Auto de Vista impugnado, refiriendo solamente que invocó los precedentes al momento de interponer su recurso de apelación restringida; por otro lado, a tiempo de fundamentar la vulneración a sus derechos constitucionales, si bien identificó el derecho infringido (debido proceso); sin embargo, no señaló plenamente el defecto absoluto que no es susceptible de convalidación sin especificar los hechos concretos que le causan agravio y el argumento que el Auto de Vista no habría analizado correctamente; y, el resultado dañoso emergente del defecto. De la fundamentación expuesta en el recurso, se observa que no se cumplió con los presupuestos de flexibilización, haciendo inviable la admisión de este motivo.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Carlos Saúl Gómez Mollinedo de fs. 209 a 211 vta